En el Suplemento para Administradores del Código de Ética Profesional (NAEYC, 2011), en el apartado de las responsabilidades éticas con el personal, uno de los principios establece:
“P-3.1 Proveeremos a los miembros del personal con condiciones de trabajo seguras y de apoyo que respeten la dignidad humana…” (página 5)
Por otra parte, en el caso “Una Directora”, se plantea una situación en que esa directora le grita a una de sus maestras y hace comentarios sarcásticos; en el análisis de este caso algunas de ustedes calificaron esta conducta como una falta de respeto a la dignidad humana de la maestra.
PREGUNTAS
¿Qué es exactamente esto de la “dignidad humana”?
¿Qué tiene que pasar para decir que alguien sufrió “una falta de respeto a su dignidad humana”?
Cuando le gritamos a alguien, nos burlamos, nos comportamos de manera “grosera”, o lo menospreciamos ¿le estamos faltando al respeto a su dignidad humana? o ¿Se requiere de algo más “fuerte”, más agresivo (físicamente, verbalmente, psicológicamente)?
¿A partir de qué punto ya hay una falta de respeto a la dignidad humana? ¿Hay grados de faltas de respeto (mayores y menores)? O ¿es un asunto del tipo todo o nada, se respeta o no se respeta la dignidad humana?
Me parece que clarificar estas cuestiones es importante puesto que tanto en el ámbito privado o personal, como en el ejercicio de nuestra profesión estamos en contacto continuo con personas niños, padres de familia, colegas, directivos; y en lo privado nuestros hijos, padres, esposo, tíos, primos, vecinos, amigos, etc.
NOTAS1) Tomen las preguntas como cuestionamientos o guías que ayudan a la reflexión más que como preguntas de un examen escolar.
2) TENGAN PRESENTE que el objetivo es buscar información y “procesarla” para lograr una opinión informada, más clara y precisa de la que tenemos a partir del “sentido común”.
3) Recomiendo leer las aportaciones de las compañeras.